DEFINICIÓN:
El trabajo regulado por la ley colombiana hace referencia a toda actividad que una persona natural desarrolla de forma libre, consiente, permanente o transitoria, material o intelectual, en servicio de otra; lo cual genera una relación laboral, que debe ser ejecutada y garantizada a través de un contrato de trabajo.
El trabajo regulado por la ley colombiana hace referencia a toda actividad que una persona natural desarrolla de forma libre, consiente, permanente o transitoria, material o intelectual, en servicio de otra; lo cual genera una relación laboral, que debe ser ejecutada y garantizada a través de un contrato de trabajo.

Según el CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO, "El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continua subordinación de la segunda y mediante remuneración". Quien presta el servicio se denomina trabajador (empleado), quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración cualquiera que sea su forma, salario.

ÚNICAMENTE EXISTE CONTRATO LABORAL DE ESTA MANERA
EMPLEADOR-----------------------------TRABAJADOR
Persona Natural-----------------------------Persona Natural
Persona Jurídica-----------------------------Persona Natural
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO LABORAL
1. Prestar Servicio Personal
2. Subordinación:
- Ordenes
permanentes/Coordinación/Directrices
- Horario
- Cumplimiento
del Reglamento Interno
3. Remuneración
(Salario- Honorarios)
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